Protección de la propiedad intelectual en Colombia.
Antes que pretender escribir una entrada acerca de este tema, busco la respuesta a una inquietud.
Tengo entendido que en Colombia todo lo referente a este tema se rige bajo el articulo 61 de nuestra constitución (C O N S T I T U C I Ó N N A C I O N A L DE COLOMBIA (1991) P R O T E C C I Ó N A L A P R O P I E D A D I N T E L E C T U A L ART. 61.- El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley.)
Sin embargo, no me queda muy claro como el estado protege nuestros derechos y tampoco cual es nuestra tarea a la hora de registrar desarrollos, metodologías y demás obras físicamente intangibles como desarrollos de software.
¿Que hay que hacer para registrar un software?
¿Como se deben registrar en Colombia desarrollos intelectuales?
¿Como está el asunto de las licencias de Open Source en Colombia?
Si alguien puede darme luces en el tema pues lo agradeceré, tal ves deberíamos crear un foro o algo...